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Congreso
chileno deroga disposición sobre desacato
Por el Comité
de Protección a los Periodistas
Nueva
York, 20 de abril del 2001 El Senado chileno votó
por unanimidad a favor de derogar varias cláusulas
de la tristemente famosa Ley de Seguridad del Estado, entre
ellas una (el Artículo 6b) que tipifica como delito
contra el orden público el insultar a funcionarios
de alto rango.
La nueva
"Ley sobre las Libertades de Opinión e Información
y Ejercicio del Periodismo", un proyecto de ley propuesto
por primera vez hace ocho años y conocido como Ley
de Prensa, fue aprobada por la Cámara de Diputados
el 10 de abril. El Senado la aprobó el día 18.
Luego
de ser revisado por el Tribunal Constitucional, el proyecto
de ley debe ser firmado por el presidente Ricardo Lagos para
entrar en vigor. Se espera que el presidente lo haga la semana
entrante.
Además
del Artículo 6b, según fuentes locales, el proyecto
de ley revoca otros artículos de la Ley de Seguridad
del Estado, que data de 1958; entre ellos el Artículo
16, que autoriza la suspensión de publicaciones y transmisiones,
y la confiscación inmediata de publicaciones consideradas
ofensivas; y el Artículo 17, que extiende la responsabilidad
penal a los directores de la editorial y a la imprenta de
la publicación.
Según
el nuevo proyecto de ley, los tribunales civiles y no los
militares conocerán los casos de difamación
interpuestos por militares contra civiles.
Además,
la legislación revoca la Ley de Abusos de Publicidad
de 1967, según la cual un juez puede prohibir la cobertura
periodística de un proceso judicial. El proyecto de
ley garantiza asimismo el derecho al secreto profesional y
la protección de las fuentes.
Lamentablemente,
el proyecto de ley no elimina por completo todas las cláusulas
de desacato del sistema judicial chileno. El Código
Penal, por ejemplo, contiene varios artículos que tipifican
como delito el insultar a funcionarios públicos. Las
leyes chilenas también establecen responsabilidad penal
por injuria y calumnia.
Aun así,
la revocación del Artículo 6b es un importante
avance. Las cláusulas de desacato del Código
Penal ofrecen mayor protección legal a un acusado que
el 6b, según abogados chilenos consultados por el
Comité de Protección a los Periodistas
(CPJ).
"Aunque
nos sentimos alentados por la nueva Ley de Prensa, el CPJ
considera que los periodistas jamás deben ser encarcelados
por su labor y que no se les debe permitir a los funcionarios
públicos protegerse de las críticas valiéndose
de leyes de difamación criminal", declaró
la directora ejecutiva del CPJ, Ann Cooper. "Exhortamos
a los legisladores chilenos a impulsar aun más esta
victoria para la libertad de prensa eliminando del sistema
judicial todos los recursos penales por difamación".
El proyecto
de ley fue aprobado poco después del 111º. período
extraordinario de sesiones de la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos (CIDH), radicada en Washington, que tuvo
lugar en Santiago de Chile a pedido del gobierno chileno.
En varios
encuentros, representantes de la Comisión se reunieron
con funcionarios chilenos para expresar su preocupación
sobre la Ley de Seguridad del Estado y otras restricciones
a la libertad de expresión en el país.
La prensa
local también otorga al presidente Lagos el mérito
de revivir el proyecto de ley al devolver al Congreso una
versión anterior de la legislación con enmiendas
para buscar consenso sobre los temas más controvertidos.
¿Matus
reivindicada?
Si el nuevo proyecto de ley se convierte en ley, quedarán
anulados todos los casos pendientes de desacato interpuestos
de conformidad con el Artículo 6b de la Ley de Seguridad
del Estado, lo cual permitiría el regreso de la periodista
chilena exiliada Alejandra Matus.
Matus
está acusada penalmente por difamación en Chile
por la publicación en abril de 1999 de su obra El
libro negro de la justicia chilena, un reportaje investigativo
sobre el sistema judicial de Chile. Su caso comenzó
el 14 de abril de 1999, cuando el magistrado Rafael Huerta,
de la Corte de Apelaciones de Santiago, prohibió el
libro un día después de su publicación.
La medida se debió a una demanda entablada por el magistrado
de la Corte Suprema Servando Jordán en virtud del Artículo
6b de la Ley de Seguridad del Estado.
El 23
de marzo del 2001, el CPJ presentó un escrito de amicus
curiae ante la CIDH en relación con el caso Matus,
con el argumento de que el "orden público"
se socava y no se fortalece con la penalización de
la difamación, y que los funcionarios del gobierno
no deben gozar de protección especial contra las críticas.
El escrito,
preparado en nombre del CPJ por el bufete de abogados neoyorkino
Debevoise & Plimpton, recomendaba específicamente
la derogación del Artículo 6b.
Se ofrecen
versiones del escrito en inglés y español en
la página de Internet del CPJ (http://www.cpj.org).
El
Comité de Protección a los Periodistas (CPJ)
es una organización independiente y sin fines de lucro
con sede en Nueva York, que se dedica a defender la libertad
de prensa en todas partes del mundo. Para conocer sobre la
labor del CPJ, así como para informarse acerca de los
ataques contra periodistas de todos los continentes, visite
http://www.cpj.org.
(24
de abril del 2001)
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