2000:
¿un tiro para el lado de la justicia?
Por Diego
Melamed
El pasado 31 de diciembre
de 1999, Eduardo Kimel pedía su más intenso deseo,
acompañado por una inmensa familia de gente desconocida:
muchos hombres y mujeres que comparten su mismo oficio y que se
sumaron a un deseo un tanto particular. Eduardo abrazó
a su hija, a la que ya había imaginado ingresando a la
cárcel para visitarlo, besó a su mujer y pensó:
"¡Que salga la ley, por Dios, que salga la ley!"
Haciendo fuerza por
Eduardo –es decir, por todos los profesionales del gremio periodístico–
estuvo un hombre que ha elaborado un proyecto de ley que muy probablemente
sea sancionada a comienzos del 2000 y que pondría a Argentina
a la vanguardia en Latinoamérica en materia de libertad
de prensa: los periodistas no podrán ser enviados a prisión
por sus informaciones, aun cuando estas sean falsas. Ese hombre
es el periodista Horacio Verbitsky.
La culpa de Eduardo
Kimel es haber escrito un libro sobre el asesinato de cinco sacerdotes
Palotinos titulado "La masacre de San Patricio" donde
se cuestiona el accionar del juez Guillermo Rivarola, a cargo
de investigar el crimen.
A través de
la Asociación "Periodistas" Verbitsky había
comprometido a los legisladores de la Alianza y al candidato Fernando
De la Rúa, a promover la legislación presentada
por dicha asociación profesional. Siendo De la Rúa
presidente, los legisladores argentinos de los partidos políticos
mayoritarios tenían cierta presión para retirar
de sus cajones un escrito que comienza así: "El presente
proyecto de ley tiene como objetivo ajustar las disposiciones
de los Códigos Civil y Penal de la Nación referidas
a los delitos de injuria y calumnia, a los principios de la Constitución
Nacional y de los Tratados Internacionales de Derechos Humanos
con rango constitucional en punto a la protección del derecho
a la libre expresión".
En virtud de dicho
ajuste, la situación de Eduardo Kimel podría variar
radicalmente. ¿Por qué? El juez Rivarola le inició
una querella por injurias, y en 1995 Kimel fue condenado a un
año de prisión, más un resarcimiento material
de 20.000 dólares. Los abogados del periodista apelaron
el fallo, por lo que pasó a la Cámara que analiza
las sentencias y fue absuelto en 1996. El juez Rivarola apeló
esa medida y envió un recurso extraordinario a la Suprema
Corte de la Nación, que recomendó estudiar el caso
a otros camaristas que finalmente confirmaron la condena inicial.
La cárcel parecía
acercarse inexorablemente a Kimel, o viceversa. Con tres salvedades.
La primera es que en Argentina las penas menores a tres años
no implican un cumplimiento efectivo, por lo que el año
que debe cumplir el periodista está en suspenso, hasta
que la menor infracción lo lleve tras las rejas. Igualmente
esta situación coloca al periodista en serias dificultades
para salir del país, conseguir crédito, etc. Dos,
el periodista ha presentado su recurso extraordinario a la corte,
aunque con mínima esperanza pues ese mismo organismo había
causado su segunda condena. Pero la tercera y mayor esperanza
de Kimel reside en este texto: "El proyecto parte, así,
de la premisa fundamental de que el honor de los funcionarios
públicos y personalidades públicas, por un lado,
y de las personas privadas, por el otro, merecen una tutela muy
diferente. En lo que respecta a los primeros parece claro que
la circunstancia, que resulta ser una característica definitoria
de su actividad, de haberse puesto voluntariamente bajo la atención
de la opinión pública, hace que sea razonable considerar
que su derecho al honor merezca una tutela menor a la de las simples
personas privadas. Por otra parte, el hecho de que los funcionarios
públicos y personalidades públicas posean, por lo
general, un fácil acceso a los medios de difusión
que les permiten contestar los ataques a su honor y reputación
personal, también es una razón para prever una menor
protección legal a su honor. (...) La idea básica
con que el proyecto busca sacar las correctas consecuencias de
la protección jurídica "débil"
de que gozan los funcionarios públicos y personas equiparadas
frente a la crítica de cualquier especie concerniente a
su obrar, consiste en hacer posibles sólo de sanciones
civiles a los casos de informaciones falsas y producidas con
real malicia."
El martes 28 de diciembre
se produjo una reunión clave en el senado argentino: estaban
allí el flamante ministro de Justicia de la administración
De la Rúa, el titular de la comisión de libertad
de prensa, el relator de la OEA para la libertad de prensa, el
asesor de las entidades periodísticas y el representante
de la asociación "Periodistas".
La esperanza de Kimel
se agigantaría tras esa reunión, a la que quiso
asistir.
Los señores
Ricardo Gil Lavedra, José Romero Feris, Santiago Cantón,
Gregorio Badeni, y Horacio Verbitsky –respectivamente– analizaron
allí el proyecto que este último había redactado
y que ingresó al parlamento presentado por el senador justicialista
Jorge Yoma y su par radical José Genoud, representantes
de las bancas mayoritarias.
El ministro de Justicia
comprometió el apoyo del gobierno nacional al proyecto
que despenalizaría los delitos de calumnias e injurias.
Ese proyecto nació
como consecuencia de una iniciativa de la asociación "Periodistas"
ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
de la OEA, camino similar al que llevó a la despenalización
en 1993 de la figura del desacato.
Kimel ha reflexionado
sobre la posibilidad de retractarse de sus dichos. Esa fue una
propuesta surgida en la mediación, y hubiese evitado el
juicio. Consideró que había dicho la verdad, y más
aún, que la difusión del caso tenía que ver
con sus valores personales, por lo que reiteró sus palabras.
Pero una actitud menos
seria que la de Kimel, un periodismo irresponsable, con esta legislación,
podría contar con excesivas garantías para los periodistas.
"Para quienes temen que esto deje a los funcionarios públicos
indefensos –dijo Verbitsky en el periódico Página
12 del 29 de diciembre– vale la pena recordar el voto de la
corte norteamericana en aquel caso famoso (se refiere al caso
The New York Times vs. Sullivan) Los jueces Black, Goldberg
y Douglas opinaron que la impunidad no debería ser solo
penal "la Constitución confiere a los ciudadanos y
a la prensa un privilegio absoluto e incondicional de criticar
la conducta oficial, pese al daño que puedan provocar excesos
y abusos". Esto "no deja al funcionario sin defensa.
La réplica y la educación son las armas disponibles
en estos casos, no los límites a la libertad de expresión".
El parlamento argentino
probablemente trate dicho proyecto en abril del 2000.
Eduardo Kimel tiene
47 años, y no pensó jamás que su profesión
lo podría llevar a la cárcel. Como el último
fin de semana de 1999 hizo un calor sofocante en Buenos Aires,
decidió ir a refrescarse a la pileta del sindicato de periodistas.
Las temperaturas superaron los 40 grados y muchos colegas que
hacía tiempo no veía estaban allí, disfrutando
aquel espacio verde.
Pudo sentir entonces,
el calor de la solidaridad. Todos sabían de su caso y le
prometieron levantar la copa del 31 de diciembre y repetir en
silencio su deseo más profundo "que salga la ley".