Pulso del Periodismo

ARCHIVO

Pulso Picture

2000: ¿un tiro para el lado de la justicia?
 Por Diego Melamed

Eduardo Kimel

El pasado 31 de diciembre de 1999, Eduardo Kimel pedía su más intenso deseo, acompañado por una inmensa familia de gente desconocida: muchos hombres y mujeres que comparten su mismo oficio y que se sumaron a un deseo un tanto particular. Eduardo abrazó a su hija, a la que ya había imaginado ingresando a la cárcel para visitarlo, besó a su mujer y pensó: "¡Que salga la ley, por Dios, que salga la ley!"

Haciendo fuerza por Eduardo –es decir, por todos los profesionales del gremio periodístico– estuvo un hombre que ha elaborado un proyecto de ley que muy probablemente sea sancionada a comienzos del 2000 y que pondría a Argentina a la vanguardia en Latinoamérica en materia de libertad de prensa: los periodistas no podrán ser enviados a prisión por sus informaciones, aun cuando estas sean falsas. Ese hombre es el periodista Horacio Verbitsky.

La culpa de Eduardo Kimel es haber escrito un libro sobre el asesinato de cinco sacerdotes Palotinos titulado "La masacre de San Patricio" donde se cuestiona el accionar del juez Guillermo Rivarola, a cargo de investigar el crimen.

A través de la Asociación "Periodistas" Verbitsky había comprometido a los legisladores de la Alianza y al candidato Fernando De la Rúa, a promover la legislación presentada por dicha asociación profesional. Siendo De la Rúa presidente, los legisladores argentinos de los partidos políticos mayoritarios tenían cierta presión para retirar de sus cajones un escrito que comienza así: "El presente proyecto de ley tiene como objetivo ajustar las disposiciones de los Códigos Civil y Penal de la Nación referidas a los delitos de injuria y calumnia, a los principios de la Constitución Nacional y de los Tratados Internacionales de Derechos Humanos con rango constitucional en punto a la protección del derecho a la libre expresión".

En virtud de dicho ajuste, la situación de Eduardo Kimel podría variar radicalmente. ¿Por qué? El juez Rivarola le inició una querella por injurias, y en 1995 Kimel fue condenado a un año de prisión, más un resarcimiento material de 20.000 dólares. Los abogados del periodista apelaron el fallo, por lo que pasó a la Cámara que analiza las sentencias y fue absuelto en 1996. El juez Rivarola apeló esa medida y envió un recurso extraordinario a la Suprema Corte de la Nación, que recomendó estudiar el caso a otros camaristas que finalmente confirmaron la condena inicial.

La cárcel parecía acercarse inexorablemente a Kimel, o viceversa. Con tres salvedades. La primera es que en Argentina las penas menores a tres años no implican un cumplimiento efectivo, por lo que el año que debe cumplir el periodista está en suspenso, hasta que la menor infracción lo lleve tras las rejas. Igualmente esta situación coloca al periodista en serias dificultades para salir del país, conseguir crédito, etc. Dos, el periodista ha presentado su recurso extraordinario a la corte, aunque con mínima esperanza pues ese mismo organismo había causado su segunda condena. Pero la tercera y mayor esperanza de Kimel reside en este texto: "El proyecto parte, así, de la premisa fundamental de que el honor de los funcionarios públicos y personalidades públicas, por un lado, y de las personas privadas, por el otro, merecen una tutela muy diferente. En lo que respecta a los primeros parece claro que la circunstancia, que resulta ser una característica definitoria de su actividad, de haberse puesto voluntariamente bajo la atención de la opinión pública, hace que sea razonable considerar que su derecho al honor merezca una tutela menor a la de las simples personas privadas. Por otra parte, el hecho de que los funcionarios públicos y personalidades públicas posean, por lo general, un fácil acceso a los medios de difusión que les permiten contestar los ataques a su honor y reputación personal, también es una razón para prever una menor protección legal a su honor. (...) La idea básica con que el proyecto busca sacar las correctas consecuencias de la protección jurídica "débil" de que gozan los funcionarios públicos y personas equiparadas frente a la crítica de cualquier especie concerniente a su obrar, consiste en hacer posibles sólo de sanciones civiles a los casos de informaciones falsas y producidas con real malicia."

El martes 28 de diciembre se produjo una reunión clave en el senado argentino: estaban allí el flamante ministro de Justicia de la administración De la Rúa, el titular de la comisión de libertad de prensa, el relator de la OEA para la libertad de prensa, el asesor de las entidades periodísticas y el representante de la asociación "Periodistas".

La esperanza de Kimel se agigantaría tras esa reunión, a la que quiso asistir.

Los señores Ricardo Gil Lavedra, José Romero Feris, Santiago Cantón, Gregorio Badeni, y Horacio Verbitsky –respectivamente– analizaron allí el proyecto que este último había redactado y que ingresó al parlamento presentado por el senador justicialista Jorge Yoma y su par radical José Genoud, representantes de las bancas mayoritarias.

El ministro de Justicia comprometió el apoyo del gobierno nacional al proyecto que despenalizaría los delitos de calumnias e injurias.

Ese proyecto nació como consecuencia de una iniciativa de la asociación "Periodistas" ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA, camino similar al que llevó a la despenalización en 1993 de la figura del desacato.

Kimel ha reflexionado sobre la posibilidad de retractarse de sus dichos. Esa fue una propuesta surgida en la mediación, y hubiese evitado el juicio. Consideró que había dicho la verdad, y más aún, que la difusión del caso tenía que ver con sus valores personales, por lo que reiteró sus palabras.

Pero una actitud menos seria que la de Kimel, un periodismo irresponsable, con esta legislación, podría contar con excesivas garantías para los periodistas. "Para quienes temen que esto deje a los funcionarios públicos indefensos –dijo Verbitsky en el periódico Página 12 del 29 de diciembre– vale la pena recordar el voto de la corte norteamericana en aquel caso famoso (se refiere al caso The New York Times vs. Sullivan) Los jueces Black, Goldberg y Douglas opinaron que la impunidad no debería ser solo penal "la Constitución confiere a los ciudadanos y a la prensa un privilegio absoluto e incondicional de criticar la conducta oficial, pese al daño que puedan provocar excesos y abusos". Esto "no deja al funcionario sin defensa. La réplica y la educación son las armas disponibles en estos casos, no los límites a la libertad de expresión".

El parlamento argentino probablemente trate dicho proyecto en abril del 2000.

Eduardo Kimel tiene 47 años, y no pensó jamás que su profesión lo podría llevar a la cárcel. Como el último fin de semana de 1999 hizo un calor sofocante en Buenos Aires, decidió ir a refrescarse a la pileta del sindicato de periodistas. Las temperaturas superaron los 40 grados y muchos colegas que hacía tiempo no veía estaban allí, disfrutando aquel espacio verde.

Pudo sentir entonces, el calor de la solidaridad. Todos sabían de su caso y le prometieron levantar la copa del 31 de diciembre y repetir en silencio su deseo más profundo "que salga la ley".


(Diego Melamed, periodista argentino. Fue presentador del programa "Novedades: AMIA-Embajada de Israel", del canal de cable Alef Netwok, dedicado al tema judío. Es profesor titular de comunicación audiovisual, en la Universidad de Palermo, y de televisión, en el instituto ICI-FUO. Imparte clases a estudiantes de posgrado en el ISER.)

(3 de enero del 2000)

 

 

 

CENTRO INTERNACIONAL DE PRENSA
UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE LA FLORIDA, MIAMI - 2000